Los créditos hipotecarios son hasta de un 70% del valor total del inmueble, dependiendo de los ingresos e historial crediticio, entre otros aspectos. Varían también cuando se trata de vivienda de interés social, o si es de mayor valor, comercial o según el tipo de construcción.
El leasing de vivienda, es el contrato a través del cual se entrega a un usuario, una vivienda nueva o usada, a cambio del pago de un canon de arrendamiento periódico, para su uso y goce durante un plazo establecido; una vez vencido este, de acuerdo con la decisión del usuario, la casa o el apartamento podrán devolverse a la entidad, a través de la cual se tomó el leasing o ser transferido a su nombre. si decide comprarlo y pagar su valor.
La diferencia de este sistema con otros, como los créditos comerciales o los hipotecarios sobre el bien que se compra, es que la empresa que se dedica al “leasing” hace la adquisición a nombre propio y luego la deja en arriendo a un tercero. Si éste incumple el contrato, es decir, no cancela el arrendamiento, el bien deja de ser arrendado y vuelve a la empresa de “leasing” o banco.
– Entregar al arrendatario el inmueble en la fecha convenida en el contrato.
– Cuidar que este en buenas condiciones para que pueda disfrutarlo plenamente.
– Si es un inmueble de propiedad horizontal, el arrendador deberá entregar una copia del reglamento de la parte normativa según lo exige el (artículo 8 ley 820 de 2003). Para conjuntos o edificios.
– Debe entregar además copia del contrato a cada uno de los coarrendatarios.
– No cambiar el uso del inmueble para el cual fue arrendando.
– Pagar cumplidamente el canon de arrendamiento y los servicios públicos incluida administración si la tiene.
– Devolver el inmueble tal y como fue entregado por el arrendador en la fecha prevista para la terminación del contrato.
Los daños que se produzcan en el inmueble, como consecuencia de la ocupación del mismo, por parte del arrendatario deberán ser arreglados por este, salvo el deterioro normal.